Proyecto para regular los deliverys en la ciudad: los principales puntos

Será tratado por los concejales a partir de la iniciativa del Bloque Justicialista y propone una serie de requisitos para contribuir a la seguridad alimentaria y a una mayor seguridad vial. Compartimos una nota de opinión al respecto.

El Concejo Municipal podría tratar en los próximos días un proyecto de ordenanza para regular la actividad de los deliverys en Esperanza.

Sobre el tema, compartimos una nota de opinión de uno de sus autores, el edil justicialista Eduardo Kinen:

Textual

Los avances tecnológicos y la hiperconectividad dieron lugar a nuevos emprendimientos, a un cambio en las costumbres vinculadas al consumo y también en lo que respecta a la distribución de productos y mercancías.

Esta transformación paulatina, adquirió una velocidad inédita con la pandemia del Covid-19. El aislamiento social exigido durante la cuarentena provocó que los deliverys y las aplicaciones para realizar pedidos, aparezcan entre los servicios más demandados en estos últimos meses.

Hasta la fecha, este servicio de reparto a domicilio carece de un marco regulatorio en nuestra ciudad, problemática que se pretende solucionar a través de un proyecto de ordenanza presentado por el Bloque del Justicialismo en el Concejo Municipal.

La exigencia de sancionar una ordenanza sobre esta cuestión radica en la necesidad de establecer una serie de requisitos mínimos, pero indispensables, relativos a la seguridad alimentaria y a una mayor seguridad vial que redundará en un menor riesgo laboral para los repartidores.

Entre los principales requerimientos que serán exigibles a través de esta normativa se encuentran:

  1. La habilitación municipal del comercio, CUIT del mismo, tipo de elementos o mercaderías a transportar.
  2. El nombre y apellido, DNI y licencia de conducir de cada uno de los repartidores.
  3. El título de propiedad del vehículo a utilizar por el servicio. En caso de no ser propietario, adjuntar tarjeta azul/rosa.
  4. La póliza de seguro de responsabilidad civil del vehículo.
  5. El certificado de Libre Deudas de Multas del Titular del comercio, del repartidor y del vehículo a afectarse para el servicio y el
  6. Carné de manipulador de alimentos de cada repartidor.

Si bien se ha encontrado alguna resistencia a sancionar esta normativa, debido a que “no serían tiempos para regular esta actividad”, debemos insistir en que estamos abiertos al debate y al intercambio de opiniones para optimizar esta iniciativa resaltando, además, que no persigue una finalidad recaudatoria.

Finalmente, cabe aclarar que esta propuesta no aborda el marco regulatorio de las plataformas virtuales como se ha realizado en otras grandes ciudades de la Argentina. En nuestra localidad, hasta la fecha, tenemos conocimiento del funcionamiento de una de ellas, pero únicamente para recibir y direccionar pedidos a los diferentes establecimientos o comercios adheridos, dejando para estos últimos la entrega de mercaderías.

Por ello, consideramos que Esperanza debe contar con una normativa que brinde, tanto a los usuarios de este servicio como a los trabajadores del rubro, una mayor seguridad mediante la observancia de adecuados estándares de cuidado en la distribución de alimentos y en el cumplimiento de las reglas de tránsito en nuestra ciudad.