La iniciativa originalmente elaborada por los senadores Alcides Calvo, Danilo Capitani y Rubén Pirola, que recibió el aval de legisladores justicialistas y del oficialismo, contó con media sanción de la Cámara Alta y fue girada inmediatamente a Diputados para que sea tratada a la brevedad.
En la iniciativa se propone declarar la emergencia por un plazo de 180 días, estableciéndose que el Poder Ejecutivo podrá prorrogar, por única vez, la vigencia de la misma por igual plazo igual.
El proyecto plantea asegurar la continuidad laboral de todos los trabajadores del sector y asistir socialmente a aquellos empleados que hayan perdido su puesto de trabajo con motivo de la grave crisis que atraviesan las empresas radicadas en Santa Fe.
También prevé la creación del «Fondo Especial de Ayuda a la Producción Primara y la Industria Láctea» conformado principalmente, entre otros, por los recursos previstos en el marco de la Ley Provincial N° 13622 «Fondo de Inversión y Desarrollo Productivo de la Provincia de Santa Fe» sancionada por la legislatura provincial en marzo de 2017, y por lo que pueda destinar el Gobierno Provincial.
Los participantes de la cadena láctea, alcanzados por el proyecto, gozarán del beneficio del diferimiento en el pago de los impuestos provinciales y de los servicios prestados por el gobierno provincial durante la vigencia del período de emergencia.
En la Comisión de Presupuesto y Hacienda se incorpora que finalizada dicha vigencia los tributos y tarifas diferidas podrán abonarse en cuotas mensuales hasta 12 meses, estableciéndose que no sufrirán recargos ni intereses, y de conformidad a las formas que determine el Poder Ejecutivo por vía reglamentaria.
Asimismo el proyecto establece una Ayuda Social Extraordinaria para todos los trabajadores de las empresas del sector lácteo que en virtud de la crisis que atraviesa la industria hayan sido suspendidos sin el pago de sus salarios o hayan sido despedidos. Este aporte consistirá en una suma equivalente al 50 % del salario mínimo vital y móvil, o en su defecto el que determine el Poder Ejecutivo Provincial.
También se contempla la exención, durante la vigencia de la emergencia, de los impuestos provinciales que deban pagar los trabajadores afectados, y dispone que las Empresa Provincial de la Energía y la Empresa prestadora del servicio de agua potable y cloacas fijen tarifas diferenciales y facilidades de pago para dicho personal. Se incorpora en el dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda no solo invitar a Municipios y Comunas a adherir a la iniciativa, sino también a las Cooperativas, disponiéndose que el Poder Ejecutivo procederá a compensar a las Empresas provinciales prestatarias de servicios y a las Cooperativas de servicios que adhieran, por los menores ingresos que perciban por aplicación de proyecto de ley.
Cabe destacar que en numerosas localidades los Municipios, Comunas y Cooperativas prestan servicios de provisión de agua potable, cloacas y electricidad, por lo que se juzgó importante su incorporación al proyecto.
Esta invitación se hace extensiva a las entidades gremiales para que dentro de sus posibilidades contribuyan al aporte de fondos para aplicar a los beneficiarios de la ley.
Se dispone también en el proyecto que Ministerio de la Producción será autoridad de aplicación del proyecto de ley, y que extenderá los certificados que avalen la condición de beneficiarios del mismo a fin de que sean presentados ante los organismos recaudatorios provinciales.