Los ciudadanos que no hayan podido sufragar en las elecciones generales nacionales del pasado domingo debido a las razones contempladas en la legislación vigente pueden realizar la justificación ante los entes oficiales.
El trámite debe efectuarse a través de la página www.infractores.padron.gov.ar, dispuesta por la Cámara Nacional Electoral para este fin. Además para quienes no tengan la posibilidad de realizarlo vía online, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe ya dispone de personal para concretar la gestión en sus sedes de Rosario (pasaje Álvarez 1516) y Santa Fe (Eva Perón 2726), y en las delegaciones (consultar en www.defensoriasantafe.gob.ar/oficinas).
Tendrán que justificar su ausencia en los comicios quienes no hayan asistido a sufragar por encontrarse a una distancia mayor a 500 kilómetros del lugar de votación o fuera de la Argentina, por enfermedad, fuerza mayor o estar cumpliendo funciones electorales.
Para realizar el trámite ingresar a www.infractores.padron.gov.ar y completar el número de documento, sexo y distrito. Allí se podrá consultar si un ciudadano aparece en el registro como infractor.
En caso de que así sea, se deberá seleccionar la opción «justificar», elegir una razón y cargar un documento que certifique el motivo. Una vez vencido el tiempo para realizar la justificación (la legislación estipula 60 días), en el mismo sitio se podrá generar la boleta para pagar la multa correspondiente.
En las sedes de Rosario y Santa Fe, para los que no puedan hacer el trámite vía web, la Defensoría del Pueblo dispone de personal de 12.30 a 17.30, mientras que en las delegaciones se realizará en el horario habitual de atención al público.
Aquellas personas que no sufragaron deberán concurrir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo con el DNI y la documentación que certifique los motivos por los cuales no votaron (certificado policial, médico, entre otros).
Es necesario destacar que este trámite corresponde a las elecciones generales nacionales.