El Frente Progresista presentó un nuevo proyecto sobre seguridad

A continuación compartimos un comunicado del Frente Progresista de Esperanza, que tiene como principal referente a Verónica Geese, en relación a un proyecto de seguridad elaborado por el grupo radical Formar. También adjuntamos el mensaje que enviaron al Concejo Municipal para solicitar su tratamiento.

Textual

Visto:

La necesidad de contar con una herramienta local en materia de seguridad pública y;

Considerando:

Que los problemas relacionados con la seguridad ciudadana constituyen una de las principales preocupaciones de la sociedad, incidiendo en las relaciones sociales que la configuran y consecuentemente impactan en forma directa y negativa en la calidad de vida de las personas.

Que toda sociedad aspira a preservarse pretendiendo la satisfacción de las necesidades comunes en el marco de la convivencia en paz.

Que igualmente el conflicto es inherente a toda sociedad y es responsabilidad de los gobiernos analizar y comprender las causas y efectos y plantear estrategias adecuadas de intervención en cada contexto.

Que debe crearse en el ámbito local un “Programa Integrado de Redes con Participación Ciudadana” como parte de un diseño de políticas de seguridad pública que esté basado en el respeto de las libertades fundamentales y en el fortalecimiento del sistema de convivencia democrática. Desde este paradigma que deje de considerar a la seguridad pública como un problema puramente policial y que se considere a la seguridad pública en su basamento fundamental que es la prevención, entendiendo por tal la acción anticipada, orientada a operar sobre la realidad, para evitar el daño individual y/o social y que dicho programa implicaría una modalidad de organización y gestión solidaria, intersectorial que promueve la participación ciudadana y la resolución pacífica de conflictos.

Que la prevención de la violencia y el delito requieren de un abordaje integral que contemple la complejidad de factores que intervienen en las distintas situaciones teniendo especialmente en cuenta las realidades locales. La única garantía de éxito en este sentido pasa por un trabajo intersectorial e interdisciplinario de los tres poderes del Estado, de los municipios, de las organizaciones intermedias, de las Organizaciones No Gubernamentales, de la tarea organizada de los vecinos, como también de la tarea constructiva y responsable de los medios de comunicación. En otros términos, es reconocer que, en definitiva, la seguridad es una responsabilidad compartida.

 Que se hace menester implementar en el ámbito municipal un esquema institucionalizado de seguridad que implique profundizar el concepto de seguridad ciudadana, teniendo que desarrollar y poner en marcha un plan de acción en la materia con el objetivo de reducir los delitos callejeros y la sensación de inseguridad asociada a ellos y de promover la articulación entre los actores gubernamentales y la participación activa de la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil.

 Que cuando se propone institucionalizar el modelo de red, en función de la seguridad ciudadana, se considera que las redes promueven la participación de la comunidad, estimulan la solidaridad, son un ámbito de discusión democrático, favorecen la organización de los recursos del Estado y por su carácter situacional con un ámbito de acción acotado a un área específica, ej. un barrio permiten realizar un rápido abordaje de la problemática local.

Que es necesario generar espacios de articulación a nivel municipal para ana-

lizar y evaluar los problemas socios comunitarios relacionados a la prevención del delito y la violencia, asegurando la representación de los distintos organismos y el involucramiento del conjunto de instituciones de la sociedad, para consolidar un trabajo articulado como estrategia complementaria de intervención.

Que por Decreto 304/16 el Concejo Municipal estableció las Juntas Barriales  de Seguridad, en cuyo accionar sólo atribuye funciones a los miembros del cuerpo, pero no asigna atribuciones de ninguna clase al Ejecutivo Municipal que debiera estar fuertemente involucrado en este tipo de acciones.

Por lo expuesto

El Honorable Concejo Municipal sanciona con fuerza de Ordenanza: Art. 1°. Crease el Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana como órgano consultivo y de asesoramiento en la planificación de políticas públicas en el ámbito de la ciudad de Esperanza y su Distrito.

Art. 2°. A los efectos de la presente Ordenanza, entiéndase a la Seguridad Ciudadana, como una condición necesaria para el desarrollo humano, valorada como un bien público; que impone, el fortalecimiento del Estado en su rol de proteger a las personas, ante las amenazas que ponen en riesgo sus derechos, sus bienes o su integridad personal, y a su vez, promueve y estimula la participación y la responsabilidad ciudadana, empoderando a las personas para la toma de decisiones informadas y el despliegue de estrategias que promuevan su desarrollo.

Art. 3°. El Consejo tendrá las siguientes funciones:

Promover la formulación de políticas públicas relativas a la seguridad ciudadana.

Asesorar al Departamento Ejecutivo, en la elaboración de un plan de Seguridad Ciudadana, que facilite la articulación de programas y proyectos que, centrados en las personas y bajo una matriz metodológica participativa, multisectorial, integral, contextualizada y preventiva, garantice el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos y propenda al desarrollo de las personas.

Recolectar, procesar, y generar información, que contribuya a fortalecer las capacidades de los actores públicos y de la ciudadanía en general, para la toma de decisiones en la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas de seguridad ciudadana, en base a un sistema de indicadores estandarizados que permita la medición, el seguimiento y la comparación de fenómenos vinculados a la convivencia y la seguridad ciudadana. El Consejo determinará la periodicidad de los relevamientos y presentaciones de sus informes a efectos de garantizar un sistema cuanto menos anual de rendición de cuentas a la ciudadanía.

Promover la implementación de redes u otros mecanismos de prevención que fomenten la participación ciudadana.

Promover instancias de resolución pacífica de conflictos.

Crear comisiones de trabajo, permanentes o especiales, a las que se podrá invitar a Funcionarios Públicos, expertos, académicos, miembros de ONG´s, dirigentes políticos, sindicales, vecinales, o actores relevantes para el cumplimiento de los fines de la presente, con el fin de constituir escenarios institucionalizados de debate de propuestas, inquietudes e iniciativas sobre situaciones que afectan la convivencia y la seguridad ciudadana, tanto en lo regional como lo local para la búsqueda de soluciones integradas entre el Estado y la ciudadanía, dictaminando sobre la cuestión y remitiendo la misma al seno del Consejo, para que éste se expida y eleve sus consideraciones al Departamento Ejecutivo Municipal. El Consejo podrá cursar igualmente invitaciones para que asistan a sus reuniones plenarias a quienes considere necesario, para que desarrollen, profundicen o amplíen con sus aportes, las cuestiones que sean objeto de análisis en su seno;

Promover la realización de acciones de formación y capacitación permanente para los distintos actores sociales involucrados en la temática de la prevención para la seguridad ciudadana y, evaluar la oportunidad y pertinencia de generar grupos especiales de seguridad en el ámbito municipal.

Receptar iniciativas, propuestas e inquietudes de la ciudadanía y de ONG´s que tengan por objeto incidir positivamente en la Seguridad Ciudadana, y emitir opinión al respecto.

Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal:

la celebración de Convenios y otros mecanismos de cooperación con Organismos Supranacionales, Nacionales, Provinciales o Municipales, así como con Instituciones Académicas y Organizaciones de la Sociedad Civil, a efectos de fortalecer las capacidades locales en materia de Seguridad Ciudadana.

la creación de programas de educación, divulgación y concientización, con el objeto de promover una cultura ciudadana de respeto, compromiso y corresponsabilidad entre la ciudadanía, el Municipio y los actores públicos de la seguridad, Policía, Justicia Penal, Servicios Postpenitenciarios, para la seguridad ciudadana;

el desarrollo de acciones de capacitación del personal municipal, especialmente aquel que presta funciones de control, inspección y aplicación de Normas Municipales, a efectos de que desarrollen habilidades como agentes promotores de convivencia y principios ciudadanos, fortaleciendo el sentido y valor del servicio público que encarnan.

la generación de inversiones a fin de dotar a la zona de un sistema de seguridad y monitoreo ciudadano, acorde con las problemáticas a resolver y las posibilidades tecnológicas disponibles.

Art. 4°. El Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana se integrará, tratando de respetar -en la medida de las posibilidades- la perspectiva de género, con:

Un (1) representante que designe el Poder Ejecutivo Municipal, y que desarrollará la función de coordinación.

Tres (3) representantes municipales que por cada una de las áreas municipales que seguidamente se detallan:

Secretaría de Gobierno,

Secretaría de Promoción Social,

Área de Género o equivalente,

Otra área que, en cada oportunidad, el Ejecutivo Municipal pudiere considerar pertinente.

Un (1) concejal por cada Bloque del Concejo Municipal.

Un (1) representante de la Justicia Municipal de Faltas.

Además, desde el Ejecutivo Municipal se cursarán invitaciones para la integración formal de este Consejo por parte de:

Un (1) representante del Ministerio Público de la Acusación.

Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo.

Tres (3) representantes de la Unidad Regional XI que deberían ser uno (1) de Comisarías urbanas, uno (1) de Comisarías rurales y uno (1) de la Comisaría de la Mujer.

Tres (3) representantes por las asociaciones vecinales, propuestos por el conjunto de estas ó el espacio que las contenga formalmente.

Un (1) representante por el Sector Rural que, hasta tanto se regularice la creación de una Vecinal Rural, deberá ser propuesto por la Sociedad Rural de Las Colonias.

Todos aquellos invitados especiales, personas físicas o jurídicas, que el Consejo pudiere considerar oportunamente, ante la necesidad de disponer de aportes específicos.

Art. 5°. El Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana deberá reunirse una vez por mes, como mínimo, y tendrá la atribución de organizar Mesas de Trabajo, Subcomisiones y/ o Subconsejos Zonales que sus integrantes, por simple mayoría, estimen necesarias crear, así como convocar a organismos gubernamentales e instituciones de la sociedad civil para contar con su asesoramiento e intervención en planes de acción.

Art. 6°. El Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana coordinará con el área del Ejecutivo Municipal que corresponda, la implementación del programa que se denominará "Redes de Comunidades Barriales para la Seguridad Ciudadana" en áreas o barrios con problemas                                                                                                             comunes y que deberá respetar dos ejes centrales de trabajo: a) la identificación y promoción de acciones de prevención; b) desarrollar diagnósticos y proyectos fundados en enfoques metodológicos fuertemente participativos.

Art. 7°. El Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana convocará a Reunión Plenaria cada tres meses; en las mismas participarán las Redes de Prevención con participación comunitaria y las comisiones vecinales, a efectos de realizar evaluaciones diagnósticas y seguimiento de los Programas de Seguridad Ciudadana.

Art. 8°. Facultase al Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana a dictar su propio Reglamento Interno.

Art. 9°. Para la puesta en marcha de la presente ordenanza y, con el propósito de asegurar las inversiones que sean requeridas en materia de sistemas de vigilancia y monitoreo ciudadano, deberá asignarse un rubro presupuestario específico dentro del presupuesto municipal.

Art. 10°. Derogase cualquier otra normativa en la materia vigente.

NOTA ORDENANZA HCM