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Día de la Bandera: CECE recuerda la normativa vigente para empleados de comercio

La Comisión Directiva del Centro Empleados de Comercio de Esperanza informa que el sábado 20 de Junio es feriado nacional y uno de los tres contemplados por la Ley 13.441/14 de Descanso Dominical.

En tal sentido y mediante ordenanza N 3835/16 se estableció que cuando cualquiera de los tres feriados contemplados por la Ley de Descanso Dominical (25 de Mayo, 20 de Junio o 9 de Julio) coincidieran con un día sábado los comercios podrán abrir sus puertas normalmente y si coincidieran con un día lunes hasta las 13 horas, cuando recaigan sobre cualquier otro día deberán permanecer cerrados.

En los casos que los comercios decidan abrir sus puertas este sábado, los trabajadores no tienen la obligación de asistencia y por tal motivo no serán despedidos, suspendidos o sancionados

Por el contrario, los empleados que concurran a trabajar, cobrarán jornada doble de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo (art. 166).

Aquellos empleados que trabajen más de 8 horas deberán cobrar horas extras y se deben respetar los descansos dentro de la jornada laboral.

“La pandemia del Covid-19 no es excusa para no pagar lo que corresponde. Haga valer sus derechos compañero mercantil”, dijeron desde el Centro Empleados de Comercio de Esperanza.