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Aclaraciones del Cece para empleados y comerciantes por el feriado del 9 de Julio

El Centro Empleados de Comercio de Esperanza informa que “el sábado 9 de Julio, Día de la Independencia, los empleados se pueden negar a trabajar y de no asistir a trabajar no le pueden descontar el día”.

Desde el gremio dijeron que “en caso de asistir a trabajar les corresponde el pago de un adicional”.

También explicaron que “el feriado del 9 de Julio los comercios pueden abrir sus puertas por recaer un día sábado, excepción establecida mediante la Ordenanza N° 3845 de adhesión a la Ley Provincial 13.441 de Descanso Dominical que permite abrir sus puertas los 3 feriados contemplados por la Ley 13.441 (25 de Mayo, 20 de Junio y 9 de Julio) cuando recaigan un día sábado o lunes únicamente”.

La Ordenanza N° 3845 Art. 2) indica que “en el supuesto que los días que se detallan como feriados nacionales en el Art. 1) de la Ley Provincial N° 13.441/14 (25 de Mayo, 20 de Junio y 9 de Julio) se conmemoren un día sábado o lunes, no resultara de aplicación la obligación estipulada en la citada Ley, pudiendo producirse la apertura de los establecimientos comerciales y de servicios de la ciudad de Esperanza. En caso de coincidir con un día lunes, la apertura podrá extenderse únicamente hasta las 13 horas”.