No son buenos tiempos para los contribuyentes en general. Ahora parece que es el turno de cierto sector de la clase pasiva. Una circular interna informa que en enero la ANSeS modificó la forma de medir el Impuesto a las Ganancias para los jubilados y pensionados.
Hasta fines del 2018 cada haber que recibía un beneficiario -ya sea jubilación o pensión- se consideraba en forma separada para calcular el impuesto. Ahora, se sumarán y si el monto supera los seis ingresos mínimos -es decir los $ 55.854- los jubilados comenzarán a sufrir retenciones mensuales, como sucede con los empleados. La nueva modalidad empieza a regir con el pago de enero.
Así, el beneficiario pasará de pagar por cada una de las retribuciones a pagar por CUIL. Jubilados y empleados tienen diferentes mínimos no imponible. Mientras que para los trabajadores en relación de dependencia es de $ 38.301, para los jubilados es de $ 55.854 y pasará a ser de $ 62.462 a partir de marzo, cuando se aplique la actualización ya prevista.
Pero esa base no imponible rige si el jubilado no tiene otros ingresos (renta o salario) y si no paga Bienes Personales.
