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La autopista Santa Fe – Rosario vuelve a ser administrada por un banco

El gobernador Maximiliano Pullaro y sus ministros Pablo Olivares y Lisandro Enrico firmaron el decreto NÂș 637 del 21 de mayo mediante el cual se establece la vuelta de la administraciĂłn y gerenciamiento de la Autopista Rosario – Santa Fe a la modalidad del fideicomiso con BMR Mandatos y Negocios, perteneciente al Banco Municipal de la ciudad del sur provincial, en lĂ­nea con lo dispuesto en 2017 por Miguel Lifschitz.

Se deja asĂ­ de lado el formato por el que optĂł Omar Perotti en 2020, que centralizĂł el control de la autopista en la DirecciĂłn Provincial de Vialidad.

Ahora, ese organismo firmarĂĄ el contrato correspondiente con el BMR y, en el medio, “deberĂĄn arbitrarse los mecanismos presupuestarios, contables, financieros, legales y tĂ©cnicos, necesarios a fin de ordenar una adecuada transiciĂłn entre la Unidad Ejecutora Especial AP01 y el Fiduciario, respecto al inventario de bienes, la cesiĂłn de los contratos vigentes de ejecuciĂłn diferida, el pago a los proveedores y demĂĄs obligaciones contraĂ­das, viabilizando los compromisos asumidos-devengados, entendiendo como fecha lĂ­mite el dĂ­a 31 de mayo de 2024”, segĂșn el decisorio.

La contrataciĂłn del fiduciario del Banco Municipal de Rosario serĂĄ directa por tratarse de un vĂ­nculo entre organismos oficiales “siendo la Ășnica condiciĂłn que establece la normativa provincial (
) probar la conveniencia de la contrataciĂłn propuesta sobre la media de mercado, circunstancia que ha sido debidamente acreditada”. La relaciĂłn contractual serĂĄ por 2 años prorrogable por Ășnica vez por igual plazo.

Al respecto, el documento oficial señala que “debe tenerse en cuenta por un lado los antecedentes de los Ășltimos cuatro años, y la experiencia ya demostrada por BMR Mandatos Y Negocios S.A. en su anterior gestiĂłn”, que “convierten a la figura del fideicomiso y su administradora en la mejor alternativa existente a la fecha para reposicionar y jerarquizar la traza”.

AdemĂĄs, el decreto de Pullaro indica que en un informe de la direcciĂłn de Asuntos JurĂ­dicos de Vialidad Provincial “se resalta que se requiriĂł cotizaciĂłn de honorarios para afrontar la calidad de fiduciario a la entidad societaria ‘Rosario Administradora Sociedad Fiducaria S.A.’, en virtud de la especialidad del contrato que nos ocupa en virtud de que dicha empresa tiene una marcada experiencia en su rol de fiducario”, pero que su cifra presentada “resulta superior a los valores ofrecidos por el agente BMR MYN S.A., por lo que se justifica la adjudicaciĂłn a esta Ășltima”.

Pero tambiĂ©n, en otro tramo, se ponen de relieve “los antecedentes de la figura contractual del fideicomiso y su fiduciario BMR Mandatos y Negocios S.A. como instrumento de gestiĂłn del Corredor Vial durante el perĂ­odo 2017/2020, entre los que se destacan la modernizaciĂłn que se produjo en el mismo, tanto a nivel fĂ­sico, tecnolĂłgico, de recursos humanos y servicios al usuario, como la transparencia y trazabilidad en la percepciĂłn y aplicaciĂłn de los fondos administrados que fuera demostrada por los dictĂĄmenes emitidos por el Tribunal de Cuentas de la Provincia”.

Y consigna: “TambiĂ©n se acreditĂł la mayor eficiencia econĂłmica y operativa de ese entonces mediante la centralizaciĂłn de su gestiĂłn, en los procesos de adquisiciĂłn y contrataciĂłn de las obras, servicios y provisiones vinculadas a la explotaciĂłn de la traza y la consecuente inversiĂłn de los fondos excedentes en la actualizaciĂłn tecnolĂłgica y equipamiento de la autopista y que se tradujeron en el reemplazo de señalizaciĂłn obsoleta y fuera de norma, la instalaciĂłn de los sistemas de monitoreo e informaciĂłn, la construcciĂłn de nuevas oficinas de administraciĂłn, la colocaciĂłn de luminarias, el mantenimiento y reparaciĂłn de cabinas de peaje, etc”.

Argumentos y crĂ­ticas

En los considerandos, el decisorio del gobernador advierte sobre “el estado de situación que a la fecha presenta la Autopista Rosario – Santa Fe, tanto en lo relativo a infraestructura, equipamiento, servicios al usuario y administración de recursos humanos, por lo que surge con claridad la necesidad de reemplazar la forma de la organización administrativa actual del Corredor Vial”, dado que la modalidad dispuesta por la gestión justicialista “no ha resultado lo absolutamente eficiente, pese a los esfuerzos realizados por la actual Unidad Ejecutora Especial”.

En ese mismo sentido, asevera que ese instrumento “impidió, con eficiencia y celeridad, planificar servicios, ejecutar las mejoras sobre la traza principal y sus accesos desde localidades y caminos vecinos, la modernización y/o renovación de las áreas de servicios a los usuarios, condiciones de circulación más seguras que brinden una calidad superior acorde con los estándares de calidad previstos para este tipo de camino” y agrega que en el decreto de Perotti del 2020 se especifica “el carácter transitorio de la Unidad Ejecutora AP 01, debiendo el Poder Ejecutivo proponer para su tratamiento legislativo la conformación de una figura societaria estatal para la administración y operación de la AP 01, herramienta que a la fecha no ha prosperado”.

“Frente a esta concreta y objetiva situaciĂłn”, continĂșa la argumentaciĂłn gubernamental, “aunado a la necesidad de cambiar la figura de la actual organizaciĂłn administrativa, conllevan a una figura que brinde mĂĄs dinĂĄmica en el cumplimiento de los cometidos propios del servicio tendientes a garantizar la circulaciĂłn ininterrumpida y segura del trĂĄnsito en toda su traza y la prestaciĂłn de los servicios complementarios; resulta insoslayable buscar un modelo de gestiĂłn que resulte adecuado para la administraciĂłn y gerenciamiento del corredor por una figura que resulte mĂĄs eficiente y ĂĄgil, para asumir directamente la explotaciĂłn del corredor vial Autopista Rosario – Santa Fe”.

Luego viene la crĂ­tica mĂĄs fuerte, no hacia el gobierno anterior si no al modelo de concesiĂłn que inaugurĂł Carlos Reutemann en 1994: “tambiĂ©n resulta manifiesta la inconveniencia de la gestiĂłn a travĂ©s de un operador privado, dadas las falencias e incumplimientos que estos demostraron en sus Ășltimas gestiones y que culminaron en el virtual abandono y entrega anticipada de la Unidad en el año 2017”.

En este contexto, se afirma en el decreto que “el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad (Pablo Seghezzo, quien ya ocupó ese cargo con Lifschitz) se expresó concretamente en el sentido de que resulta innegable la inmediatez que requiere el funcionamiento del corredor vial respecto a contratación de servicios, compras de insumos, conflictos laborales, colisionando con los tiempos de la organización administrativa y sus procedimientos”.

Y por ello, “luego de analizar algunas alternativas para lograr una gestiĂłn satisfactoria y Ăștil de la administraciĂłn del Corredor, desestimĂĄndose otras que presentarĂ­an obstĂĄculos, sobre todo en el ĂĄrea impositiva, o complicaciones en el orden al procedimiento necesario para su creaciĂłn”, se resuelve “implementar nuevamente el instituto del fideicomiso de administraciĂłn, como figura contractual, lo que determina un negocio jurĂ­dico bilateral, el cual ademĂĄs determina un importante beneficio por cuanto permite que la totalidad de los recursos puedan ser aplicados en la autopista habida cuenta de las exenciones impositivas con que cuenta esa figura jurĂ­dica”.

Tras recordar conceptos del decreto de 2017, el decisorio gubernamental asegura que “sin dudas, el fideicomiso constituye una herramienta de suma importancia al momento de llevar a cabo soluciones eficaces toda vez que, por propia su naturaleza, su utilizaciĂłn es aplicable a actividades temporales, fĂĄciles de identificar y de aislar de cualquier otro tipo de relaciĂłn administrativa, pues, por tratarse de un contrato, permite centrar la actividad a desarrollar con la especificaciĂłn y objeto en el texto mismo de la convenciĂłn”, ademĂĄs de permitir “como ninguna otra figura concentrar e independizar los bienes o fondos que la AdministraciĂłn PĂșblica dispone y afectar a la realizaciĂłn de un objetivo puntual”.

Hay un punto que diferencia este fideicomiso de la experiencia anterior. Aparece en el modelo de contrato aprobado por el decreto del gobernador. Dice: “El fiduciario deberá abrir en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. la cantidad de cuentas corrientes bancarias a nombre del fideicomiso que a su criterio sean necesarias, en las cuales deberá acreditar todos los fondos que recaude producto de la gestión ordinaria de la unidad, dentro de las 48 horas hábiles de su percepción”.

En el período 2017-2020, la administración de la autopista no tuvo cuentas en el NBSF, a pesar de la exclusividad de “Caja Obligada” que le brinda el hecho de ser agente financiero de la Provincia. Ese aspecto ahora fue corregido para evitar reclamos legales.

Gentileza Aire Digital