“Quería informarles sobre un beneficio significativo que busca aliviar la carga económica de nuestros jubilados y pensionados.
Según la Ordenanza Tributaria vigente, los inmuebles de propiedad de jubilados y pensionados que cumplen con ciertos requisitos pueden beneficiarse de la exención del pago de la Tasa General de Inmuebles”, anunció el concejal del PRO, Mariano Puig.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio?
1) Destinado a vivienda propia: El inmueble debe ser utilizado como residencia principal.
2) Único ingreso familiar: El beneficio se aplica si la jubilación o pensión constituye el único ingreso familiar.
3) Propiedad única: El titular o su cónyuge no debe ser propietario de otro u otros inmuebles.
4) Convivientes económicamente inactivos: Los convivientes en edad económicamente activa no deben habitar el inmueble.
“Para acceder a este beneficio es necesario presentar una solicitud de exención a través de la Secretaría de Desarrollo Humano del Municipio.
Se realizará un informe socioeconómico para evaluar la elegibilidad y garantizar que quienes realmente lo necesitan puedan disfrutar de este apoyo. También pueden acercarse al NIDO de Barrio La Orilla o en el CIC de Barrio Unidos. No duden en consultar y a compartir esta información con quienes puedan beneficiarse de ella”, dijo el edil.
Ante cualquier duda comunicarse con la Secretaría de Desarrollo Humano (3496-540119).